Relación de gobierno indio - centro-estado

Introducción

  • Los artículos 245 a 263 de la Parte XI y los artículos 268 a 293 de la Parte XII describen tres tipos de relaciones Centro-Estado, es decir, legislativas, administrativas y financieras.

Relaciones legislativas

  • Los artículos 245 a 255 describen las relaciones legislativas.

  • El Artículo 245 (1) establece que Sujeto a las disposiciones de esta Constitución, el Parlamento puede dictar leyes para la totalidad o parte del territorio de la India, y la Legislatura de un Estado puede dictar leyes para la totalidad o parte del Estado.

  • El artículo 245, apartado 2, establece que ninguna ley promulgada por el Parlamento se considerará nula por tener un funcionamiento extraterritorial.

  • El artículo 246 establece que el Parlamento tiene la facultad exclusiva de promulgar leyes con respecto a cualquiera de los asuntos enumerados en la Lista I (es decir, la Lista de la Unión) y la Lista III (es decir, la Lista Concurrente) del Séptimo Anexo.

  • El artículo 248 establece que el Parlamento tiene el poder exclusivo de promulgar cualquier ley con respecto a cualquier asunto que no esté enumerado en la Lista Concurrente o Lista Estatal.

  • Además, el Artículo 250 establece que, sin perjuicio de cualquier disposición de este Capítulo, el Parlamento, mientras esté en vigor una Proclamación de Emergencia, tendrá poder para hacer leyes para la totalidad o parte del territorio de la India con respecto a cualquiera de los asuntos enumerados en Lista de estado.

Relaciones Administrativas

  • Los artículos 255 a 263 describen las relaciones legislativas.

  • El artículo 256 establece que el poder ejecutivo de cada Estado se ejercerá de manera que se asegure el cumplimiento de las leyes promulgadas por el Parlamento y cualquier ley existente que se aplique en ese Estado, y el poder ejecutivo de la Unión se extenderá a la impartición de tales instrucciones a un Estado que pueda parecerle al Gobierno de la India necesario para tal fin.

  • El artículo 257 (1) establece que el poder ejecutivo de cada Estado se ejercerá de manera que no obstaculice o perjudique el ejercicio del poder ejecutivo de la Unión, y el poder ejecutivo de la Unión se extenderá a la impartición de tales instrucciones a un Indique lo que pueda parecerle necesario al Gobierno de la India para tal fin.

  • El artículo 258 (2) establece que una ley promulgada por el Parlamento que se aplica en cualquier Estado puede, sin perjuicio de que se refiera a un asunto respecto del cual la Legislatura del Estado no tiene poder para dictar leyes, conferir poderes e imponer deberes, o autorizar el otorgamiento de poderes y la imposición de deberes al Estado o sus funcionarios y autoridades.

  • El artículo 261 (3) establece que las sentencias u órdenes definitivas dictadas o dictadas por tribunales civiles en cualquier parte del territorio de la India podrán ejecutarse en cualquier lugar dentro de ese territorio de acuerdo con la ley.

  • El artículo 262 (1) establece que el Parlamento podrá por ley disponer la resolución de cualquier disputa o queja con respecto al uso, distribución o control de las aguas de, o en, cualquier río o valle fluvial interestatal.

  • El artículo 262 (2) establece que, sin perjuicio de cualquier disposición de esta Constitución, el Parlamento podrá disponer por ley que ni la Corte Suprema ni ningún otro tribunal ejercerán jurisdicción con respecto a cualquier disputa o queja a que se refiere la cláusula (1).

Relaciones financieras

  • Los artículos 268 a 293 describen las relaciones financieras.

  • El artículo 268 describe la Duties recaudado por la Unión pero recaudado y apropiado por los Estados.

  • El artículo 269 describe la Taxes recaudados y recaudados por la Unión pero asignados a los Estados.

  • El artículo 270 describe la Taxes recaudados y distribuidos entre la Unión y los Estados.