¿Cómo funcionan las exenciones de impuestos a la propiedad para personas mayores con la copropiedad de una casa con un cónyuge más joven?

Aug 16 2020

Muchos condados de Texas tienen varias reducciones de impuestos sobre la propiedad para personas de la tercera edad , como techos de impuestos escolares y congelación de impuestos sobre la propiedad cuando cumple 65 años. Otro ejemplo .

Mi cónyuge y yo somos dueños de una casa juntos, y ella es 11 años mayor que yo, por lo que calificaría antes que yo. ¿Cómo funciona generalmente cuando solo uno de los propietarios tiene más de 65 años? ¿Ambos obtienen el beneficio? Si no, parece que sería inteligente transferir la propiedad de la propiedad al cónyuge mayor. En nuestro caso, hace mucho que la hipoteca está pagada, por lo que supongo que no sería difícil hacerlo.

Respuestas

4 HartCO Aug 16 2020 at 11:16

Este fragmento del sitio del Contralor de Texas indica que un cónyuge sobreviviente menor de 65 años puede obtener el beneficio incluso después de que el cónyuge mayor de 65 años muera, lo que no tendría sentido a menos que ambos propietarios pudieran obtener la exención tan pronto como uno de los cónyuges cumpla 65 años:

Para calificar para la exención de opción local de 65 años o más, el propietario debe tener 65 años o más y vivir en la casa. Si el propietario de la vivienda de 65 años o más fallece, el cónyuge sobreviviente puede continuar recibiendo la exención de la opción local si el cónyuge sobreviviente tiene 55 años o más al momento de la muerte y vive en la vivienda y es propietario de ella y solicita la exención.

Este es el comportamiento que esperaría en función de cómo funciona una exención similar en mi estado natal (Colorado).

No veo ningún detalle para copropietarios que no sean cónyuges.

Creo que, dado que Texas es un estado de propiedad comunitaria, incluso si el nombre de su esposa fuera el único en la escritura, aún se lo consideraría propietario de la casa (suponiendo que se adquirió mientras estaba casado).

Envié un correo electrónico a la oficina del Contralor por curiosidad y escuché:

Tiene razón, siempre que uno de los cónyuges tenga 65 años de edad o más, la propiedad calificaría para la exención siempre que cumpla con los requisitos de una residencia también.

Si la propiedad es propiedad de dos personas que no son cónyuges, la persona de 65 años o más calificaría para el 50% del monto de la exención.