Schrems 2 - Perspectiva de la UE

Dec 03 2022
Breve historia: El caso Schrems 2 fue la continuación del caso Schrems 1. En 2013, Schrems presentó una denuncia contra Facebook, Irlanda, ante el Comisionado de Protección de Datos de Irlanda.

Breve historia :

El caso Schrems 2 fue la continuación del caso Schrems 1. En 2013, Schrems presentó una denuncia contra Facebook, Irlanda, ante el Comisionado de Protección de Datos de Irlanda. El objetivo principal de esta queja era prohibir la transferencia de datos de Irlanda a los EE. UU., ya que se sospechaba de la participación de Facebook, EE. UU., en el programa de vigilancia masiva PRISM. En el caso Schrems 1, los principios de puerto seguro UE-EE. UU. que brindaban una protección adecuada cuando se trata de la transferencia de información personal de la UE a EE. UU. fueron declarados inválidos el 6 de octubre de 2015 en la sentencia del TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea).

¿De qué trata Schrems-2?

El TJUE señaló que para que el Escudo de privacidad UE-EE. UU. sea válido, se debe establecer que el nivel de protección previsto en las leyes del tercer país es “esencialmente equivalente” al que garantiza la legislación de la UE. Examinando las disposiciones de la Ley de Vigilancia de Inteligencia Extranjera de EE. UU. y los programas de vigilancia que tales disposiciones permiten, el TJUE concluyó que no cumplía con el requisito de “esencialmente equivalente”. Según ella, los programas de vigilancia facultados por la ley no son proporcionales ni “estrictamente necesarios”.

El Tribunal declaró que la prioridad de los Estados Unidos de la seguridad nacional, el interés público y la aplicación de la ley preveía la interferencia con los derechos constitucionales de aquellos cuyos datos se transmitían a ese tercer país. Por ejemplo, señaló que el gobierno de los EE. UU. no otorgó a los interesados ​​derechos procesables contra las autoridades de los EE. UU. en los tribunales. Además, según el Tribunal, los mecanismos del Escudo de privacidad UE-EE. UU. para mitigar estos daños no cumplieron con el requisito legal necesario de "equivalencia esencial" con la legislación de la UE y, por lo tanto, son insuficientes e inválidos por estos motivos.

Perspectiva de la UE:

La principal preocupación de la UE es el equilibrio entre la privacidad y los beneficios económicos de estas decisiones. Los EE. UU. tienen algunos de los gigantes tecnológicos más grandes y brindan una gran cantidad de servicios al mundo. La UE necesita estos servicios y cortar todas las transferencias de datos a los EE. UU. afectará en gran medida a los ciudadanos de la UE y los EE. UU.

Los argumentos locutarios:

Los flujos de datos son económicamente significativos:

Las implicaciones económicas de los flujos de datos transfronterizos son inmensas. Los flujos de datos digitales sustentan los 7,1 billones de dólares en comercio e inversión entre Estados Unidos y Europa.

Además, permiten que las empresas de todos los sectores cooperen a través del Atlántico, participen en investigación y desarrollo con sus contrapartes, se conecten con cadenas de suministro globales y compartan datos con subsidiarias ubicadas en diferentes países.

Una economía cada vez más digital también permite que incluso las empresas más pequeñas participen en el mercado global, siempre que puedan transferir datos a través de las fronteras nacionales para facilitar el comercio, la inversión y la innovación.

Además, al crear obligaciones de protección de datos personales claras y exigibles para las empresas, Privacy Shield permite a las empresas participantes proteger mejor la privacidad de sus clientes, promoviendo la confianza. Tal confianza garantiza una mayor confianza del consumidor en el uso de los servicios digitales y ayuda a hacer crecer el mercado, creando puestos de trabajo y oportunidades mientras brinda servicios valiosos a los consumidores.

Los flujos de datos aprovechan la inversión extranjera

Cuatro de los diez principales mercados de exportación de servicios estadounidenses se encuentran en Europa. Europa representó el 39 % de las exportaciones totales de servicios de EE. UU. y el 42 % de las importaciones totales de servicios de EE. UU. en 2019. Las exportaciones de servicios de EE. UU. a Europa alcanzaron un récord de 345.000 millones de dólares en 2019. EE. UU. tuvo un superávit comercial de 100.000 millones de dólares en servicios con Europa en 2018, en comparación con su déficit comercial de bienes de $ 223 mil millones con Europa. Las importaciones estadounidenses de servicios desde Europa también alcanzaron un máximo histórico en 2019 de $ 245 mil millones.

El Reino Unido, Alemania, Suiza, Irlanda, Francia e Italia son los principales exportadores de servicios a EE. UU. El 52 % de los 938 000 millones de dólares en servicios proporcionados en Europa por las filiales de EE. UU. en 2018 se habilitaron digitalmente.

En 2018, las filiales de EE. UU. en Europa suministraron 490 510 millones de dólares en servicios habilitados digitalmente, el doble de las exportaciones de EE. UU. habilitadas digitalmente a Europa.

En 2018, Europa representó el 69 % de los 289 600 millones de dólares en servicios globales de información suministrados en el extranjero por las corporaciones multinacionales estadounidenses a través de sus filiales extranjeras de propiedad mayoritaria. La inversión directa de los EE. UU. en el extranjero en la industria de la “información” solo en el Reino Unido fue más del doble de dicha inversión en todo el hemisferio occidental fuera de los Estados Unidos, y 33 veces la inversión de este tipo en China. La inversión estadounidense equivalente en Alemania fue cuatro veces mayor que en China.

Los flujos de datos brindan oportunidades a las pequeñas empresas

El 16 de julio de 2020, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) anuló el acuerdo del Escudo de privacidad UE-EE. UU., que proporcionaba un mecanismo estable, optimizado y económico para el flujo transatlántico de datos entre las dos regiones. El tribunal citó preocupaciones con la ley de vigilancia de EE. UU., que interpretó como una degradación inaceptable de los derechos de los interesados ​​europeos en virtud del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) cuando esos datos ingresaron a las fronteras de EE. UU. La decisión afectará negativamente el comercio internacional y la economía de datos transatlántica.

El fallo supone un duro golpe para los miembros de la UE que hacen negocios a nivel mundial. Como señalamos en nuestra declaración sobre la decisión, las pequeñas y medianas empresas (PYME) comprenden el 70 por ciento de las empresas que utilizan Privacy Shield. Ahora esas empresas, incluidos muchos miembros de la UE, deben recurrir a cláusulas contractuales estándar más costosas y legalmente inciertas.

Las empresas europeas utilizan el Escudo de privacidad:

Privacy Shield juega un papel importante en el crecimiento de las empresas con sede en Europa. Alrededor de 260 empresas importantes tenían sedes en Europa que participaban activamente en el Escudo de privacidad. Estas empresas europeas confían en el programa para transferir datos a sus subsidiarias estadounidenses oa proveedores esenciales que respaldan sus necesidades comerciales. Casi un tercio de las empresas de Privacy Shield utilizan el mecanismo para procesar datos de recursos humanos, información que es crucial para emplear, pagar y brindar beneficios a los trabajadores.

FPF (Future Of Privacy Forum) descubrió que más de 5400 empresas se han inscrito en Privacy Shield desde el inicio del programa; más de 1000 participantes se unieron el año pasado.

Esto muestra cuánto dependen las empresas europeas del Escudo de la privacidad para sus negocios.

La fabricación avanzada depende de las transferencias de datos :

Data Flow ha permitido a los fabricantes aprovechar las tecnologías de vanguardia y ser más productivos. Data Flow también ha permitido a los fabricantes aumentar el valor de sus operaciones desde la etapa inicial de diseño de sus productos hasta la etapa final de hacer llegar sus productos a sus clientes. La fabricación se ha convertido en una combinación compleja de muchos tipos de servicios, automatización y producción impulsada por computadora, con una gran y creciente participación de valor derivada de los componentes del servicio. Estas empresas manufactureras contribuyen directamente al PIB y al desarrollo de Europa. Si se prohíbe el flujo de datos, estas empresas enfrentarán enormes pérdidas.

El flujo de datos es vital para la colaboración transatlántica:

La sentencia de la Corte en el “Schrems II” afecta no sólo a las empresas europeas sino también a las estadounidenses. Durante COVID-19, vimos cómo los países colaboraron para realizar ensayos clínicos de medicamentos. Con la localización forzada de datos, este tipo de colaboración transatlántica no será posible y afectará negativamente a Europa. El año pasado, la Junta Europea de Protección de Datos emitió un borrador de directrices para implementar la decisión Schrems II. La Junta fue mucho más allá del fallo del Tribunal, proponiendo prohibir a las empresas de la UE el uso de servicios de software o en la nube basados ​​en EE. UU. y cortando por completo el acceso de sus exportadores de servicios a datos comercialmente significativos. Pero este tipo de boicot no es práctico porque ambos países dependen demasiado el uno del otro.

China tiene un muro muy fuerte para garantizar que no se produzca ningún flujo de datos a través de la frontera. Durante COVID-19, China tuvo que compartir sus datos a nivel mundial con fines de investigación. Esto demuestra que la localización de datos no es fructífera en tiempos difíciles.

El comercio internacional se ve estimulado por los flujos de datos

El comercio internacional, debido a los flujos de datos, llegó a cerca de 700 mil millones de dólares en exportaciones desde EE.UU. y casi 500 mil millones de dólares en importaciones.

De hecho, EE. UU. tiene la mayor cantidad de comercio debido al flujo de datos, seguido de otros países como Irlanda, Alemania, los Países Bajos, Suiza y Francia.

Las transferencias transatlánticas de datos han atado ese vínculo

Alrededor de la mitad de todos los flujos de datos en EE. UU. y Europa son transferencias transatlánticas. Para comprender la importancia de las transferencias de datos transatlánticos, podemos comparar la transferencia de datos a través de cables transatlánticos y a través de cables transpacíficos. Los cables transatlánticos transfieren un 55 % más de datos que los cables transpacíficos.

Los cables transatlánticos transportan un 40% más de datos que entre EE. UU. y América Latina.

Los flujos de datos permiten el comercio de servicios

Estados Unidos y Europa son las dos principales economías de servicios del mundo. Estados Unidos es el mayor comerciante de servicios de un solo país, mientras que la UE es el mayor comerciante de servicios entre todas las regiones del mundo. EE. UU. y la UE son los socios comerciales más importantes y los principales mercados en crecimiento en lo que respecta al comercio de servicios y la inversión. Además, las profundas conexiones transatlánticas en las industrias de servicios, proporcionadas por los flujos de inversión mutuos, son la base de la competitividad global de las empresas de servicios estadounidenses y europeas.

En 2019, EE. UU. exportó más de 245 000 millones de dólares en servicios habilitados digitalmente a la UE, mientras que la UE exportó 129 900 millones de euros en servicios habilitados digitalmente a EE. UU.

Los flujos de datos abren nuevos mercados

Los flujos de datos transfronterizos abren el mercado para las empresas de EE. UU. y la UE; Las empresas de la UE tienen acceso a un mercado de más de 300 millones de consumidores, y las empresas estadounidenses tienen acceso a un mercado de 450 millones de consumidores.

Conclusión

De nuestra discusión anterior, existe una compensación entre la privacidad y el comercio económico. La solución a este problema es idear un mejor conjunto de regulaciones para la preservación de la privacidad que también sea viable para que las sigan las empresas. Pero hasta entonces, debemos continuar con las normas y reglamentos de transferencia de datos actualmente establecidos porque si dejamos de transferir datos entre la UE y los EE. negocios y otros para detener ciertos servicios en ciertas áreas.

Este es un extracto de una presentación en IIIT Bangalore, DT306: Curso de privacidad en la era digital presentado por: Karanjit Saha, Rudransh Dixit, Manan Patel, Mukul Gupta y Hasanabbas Momin.

Referencias

  1. https://www.uschamber.com/technology/data-privacy/transatlantic-dataflows
  2. https://blog.ipleaders.in/case-analysis-eus-scherms-ii-judgement/
  3. https://www.huntonprivacyblog.com/2020/07/24/edpb-publishes-faqs-on-implications-of-the-schrems-ii-case/
  4. https://en.wikipedia.org/wiki/Max_Schrems